Los sectores laborales del Perú podrán gozar de un nuevo puente festivo, pero de manera diferenciada.
El 31 de marzo, y través del diario El Peruano, se declaró mediante un Decreto Supremo que la ciudadanía laboral del Perú celebre 7 días adicionales al calendario de feriados nacionales.
Estos nuevos días están considerados como no laborables, y automáticamente los convierte en festividades regidas por el Estado peruano.
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