Las normas internacionales de trabajo, tiene como uno de sus objetivos, el desarrollo de las personas en su calidad de personas. En décadas pasadas, el trabajo humano estaba reconocido y calificado como mercancía, siendo que a través de la Declaración de Filadelfia de la OIT del año 1944. El trabajo es un derecho absoluto que se encuentra reconocido en la Constitución Política del Perú del año 1993, así como en la Constitución del año 1979, el cual otorgaba más derechos laborales a los trabajadores, de índole individual y colectivo.
A través del trabajo, las personas se desarrollan de cierta manera, por cuanto de esta forma satisfacen necesidades básicas, como alimentación, educación, familia, gastos personales, entre otros.
Es por ello, que los órganos internacionales competentes, se preocupan por la violación de los derechos humanos, en este caso del trabajo, proporcionando derechos a la madre gestante, al adolescente trabajador, no trabajo forzoso, al discapacitado y de esta forma se garantice la efectividad de los derechos reconocidos por la Constitución.
CÓMO SE CREAN LAS NORMAS INTERNACIONALES LABORALES:
Se desarrolla en un proceso legislativo convocando al representante del gobierno que solicitó la normativa internacional (de parte) o por iniciativa del órgano internacional (de oficio), de esta forma se inicia una Conferencia Internacional convocada por el Consejo de Administración. La Oficina Internacional del Trabajo prepara un informe que verifica la legislación y la práctica con los Estados Miembros. Este informe se envía a las partes - Estados Miembros, organización de empleadores y trabajadores para que puedan presentar comentarios o contra propuestas al mismo. La adopción del informe se somete a discusión en la siguiente Conferencia y se propone para su adopción.
Si quieres saber más acerca de la adopción de las normas internacionales =
RATIFICACIÓN DE LOS CONVENIOS:
Los Estados Miembros de la OIT, tienen la obligación de someter los convenios a las autoridades nacionales competentes para que promulguen la legislación pertinente, así como la ratificación del mismo.
Cuando se adopta un Convenio, éste entra en vigor 12 meses después de haber sido ratificado por dos Estados Miembros, siendo la ratificación un procedimiento formal por el cual el Estado acepta el Convenio como un instrumento legalmente vinculante.
Una vez que el Estado Miembro ha ratificado el Convenio, el país está sujeto a Sistema de Control Regular - SCR, que se usa a efectos de garantizar de que el país miembro lo aplique.
Ver página 21- procedimiento de ratificación.
Ver países que han ratificado los Convenios relevantes -
CONVENIOS vs RECOMENDACIONES:
Las normas internacionales se dividen en dos, Convenios y Recomendaciones.
Los Convenios son tratados internacionales vinculantes para los países adscritos, los mismos que pueden ser ratificados por los Estados Miembros. Los Convenios pueden establecer principios básicos que deben de aplicar los países Miembros que lo ratifican o adscriben.
Recomendaciones, que actúan como directrices no vinculantes, que de cierta manera complementa al Convenio, identificando y detallando pautas o directrices sobre la aplicación de éste [convenio].
En algunos casos, las Recomendaciones pueden ser autónomas, lo que quiere decir que no vinculan a ningún convenio.
Los Convenios y las Recomendaciones son preparadas por las partes, y adoptadas en la Conferencia Internacional del Trabajo de la OIT, que se reúne una vez al año.
CONVENIOS FUNDAMENTALES:
La OIT ha determinado 8 Convenios que son relevantes para el ente internacional de trabajo, como Estos abarcan temas que son considerados como principios y derechos fundamentales en el trabajo: la libertad de asociación y la libertad sindical, y el reconocimiento efectivo del derecho de negociación colectiva; la eliminación de todas las formas de trabajo forzoso u obligatorio; la abolición efectiva del trabajo infantil; y la eliminación de la discriminación en materia de empleo y ocupación.
Ver los ocho Convenios-
1.- Convenio sobre la libertad sindical ....
2.- Convenio sobre el derecho de sindicación ...
3.- Convenio sobre trabajo forzoso
4.- Convenio sobre la abolición del trabajo forzoso
5.- Convenio sobre la edad mínima
6.- Convenio sobre las peores formas de trabajo infantil
7.- Convenio sobre igualdad de remuneración
8.- Convenio sobre la discriminación
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